La asamblea es la autoridad máxima encargada de decidir acerca de los asuntos de mayor trascendencia dentro de la cooperativa. En el “Tesauro cooperativo” de la Alianza Cooperativa Internacional, se define a la asamblea como la reunión solemne de los miembros de la cooperativa para ocuparse de asuntos relevantes que no pueden ser delegados y deben atenderse con prontitud.
Mientras tanto, la Ley General de Sociedades Cooperativas señala en su artículo 35 que, la asamblea general es la autoridad suprema y sus acuerdos obligan a todos los socios, presentes, ausentes y disidentes siempre que se hubieren tomado conforme a esta ley y a las bases constitutivas. Y añade en el artículo siguiente que, la asamblea general resolverá todos los negocios y problemas de importancia para la cooperativa y establecerá las reglas generales que deben normar el funcionamiento social.
Ordinariamente la asamblea general se reúne una vez por año, en la fecha, hora y lugar señalados por el consejo de administración que convoca y organiza. Los socios tienen el derecho y la obligación de asistir y participar activamente en todos los puntos de la asamblea.
Las cooperativas están sujetas a la democracia participativa, siendo la asamblea, un manifiesto del dialogo y el involucramiento, dado que cada integrante tiene derecho a votar de manera libre, irrenunciable, intransferible e inajenable.
En consonancia con la Ley de Sociedades Cooperativas, las asambleas deberán observar en su ejercicio, las siguientes atribuciones:
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