Cooperativismo y perspectiva de género

Jueves, 28 Abril 2022 18:18

Por lo antes señalado, se toma como obligación | Seguridad Social para Cooperativistas

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Por lo antes señalado, se toma como obligación para las cooperativas, en el carácter de personas trabajadoras (socios cooperativistas), inscribirse y registrase ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), constituyéndose ésta última como un esquema especializado de seguridad social, bajo el cual los socios de las cooperativas y el personal contratado por estas puedan acceder a prestaciones y servicios de salud, además de prestaciones económicas como subsidios, pensiones e indemnizaciones. La Ley del Seguro Social en su artículo 11 contempla la obligación de afiliar a sus trabajadores ante el IMSS y el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) y el compromiso de cubrir de manera oportuna sus cuotas obrero/patronales ante ambas instituciones, de conformidad con el salario base de cotización que las leyes sobre la materia les fijen. La obligatoriedad de las sociedades cooperativas de afiliar a sus trabajadores y a sus socios bajo algún esquema de seguridad social nacional, lo mandata en primer término el párrafo último del artículo 57 de la Ley General de Sociedades Cooperativas, al prever que “las sociedades cooperativas en general, deberán de afiliar obligatoriamente a sus trabajadores, y socios que aporten su trabajo personal, a los sistemas de seguridad social, e instrumentar las medidas de seguridad e higiene en el trabajo, así como de capacitación y adiestramiento, gozando del beneficio expresado en los artículos 116 y 179 de la Ley del Seguro Social” (Ley General de Sociedades Cooperativas).
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En el caso de Puebla existen experiencias de gran valor, en las que mujeres cooperativistas han generado estrategias para enfrentar las diversas violencias que se ejercen contra ellas. Uno de estos casos es el de la cooperativa Masehual Siuamej Mosenyolchicauani, cuyas socias decidieron organizarse tras identificar violencias por parte de los compañeros cooperativistas. Tal como lo relatan en su libro “Hilando nuestras historias. El camino recorrido hacia una vida digna” en las asambleas no escuchaban sus propuestas, su participación era poco valorada y, quienes dirigían y controlaban los proyectos en la cooperativa eran en su mayoría hombres.

Esto llevó a las mujeres a tomar la decisión de separarse de la cooperativa en la que estaban “participando” y así conformar la propia. Los procesos reflexivos de los que parten estas mujeres, permiten que se conciba una manera diferente y necesaria de vivir el cooperativismo. Por lo tanto, es importante poder formar cooperativas partiendo del reconocimiento de la diversidad de voces, personas, condiciones sociales y sobre todo de la participación de mujeres.

En este sentido, debe reconocerse la pluralidad entre mujeres y hombres, y reconocer su participación en las cooperativas desde una perspectiva interseccional e inclusiva.

En el caso de Puebla existen experiencias | Cooperativismo y perspectiva de género

Referencias:

Masehual Siuamej Mosenyolchicauani. (2016). Hilando nuestras historias. El camino recorrido hacia una vida digna. México.

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