Economía Solidaria

Miércoles, 27 Abril 2022 21:59

Proceso y formatos para constituir una Sociedad Cooperativa

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El proceso de protocolización inicia una vez que el grupo interesado establezca este objetivo y su proceso de formación y organización les permita tener claros los procesos productivos y la misión de la cooperativa, pasando a la constitución legal. Para ello, deberá descargar los formatos de: Convocatoria. Acta constitutiva. Bases constitutivas. Manifiesto de voluntad. Modelo de certificado de aportación básico. Dentro del marco de los valores y principios, las cooperativas son autónomas y autogestivas, en ese sentido ellas mismas son quienes elaboran su documentación constitutiva; en asamblea deciden los puntos y acuerdos con lo que se regirán, basados en la Ley General de Sociedades Cooperativas. El artículo 12 de dicha Ley indica que la constitución de las sociedades cooperativas deberá realizarse en una asamblea general que celebren las y los interesados, y en la que se levantará un acta que contendrá: Datos generales de los fundadores; Nombre de las personas que hayan resultado electas para integrar por primera vez consejos y comisiones, y Las bases constitutivas. Los socios deberán acreditar su identidad y ratificar su voluntad de constituir la sociedad cooperativa y de ser suyas las firmas o las huellas digitales que obran en el acta constitutiva, ante notario público, corredor público, juez de distrito, juez de primera instancia en la misma materia del fuero común, presidente municipal, secretario, delegado municipal o titular de los órganos político-administrativos del lugar en donde la sociedad cooperativa tenga su domicilio. Procedimiento para la Constitución. En caso de ser requerido, se solicitará la denominación ante la Secretaría de Economía. Tramitar la Denominación de la Sociedad Cooperativa se realiza a través del portal de la Secretaría de Economía del Gobierno de México: https://mua.economia.gob.mx/ Para efectuar la solicitud se requiere de la utilización de una firma electrónica (e-firma) que otorga la Secretaría de Hacienda, preferentemente, se recomienda que sea de alguno de los integrantes de la futura sociedad cooperativa. Al contar con la denominación autorizada y con el CUD (Clave Única de Documento), se podrá continuar con la Convocatoria a la Asamblea Constitutiva. Recabar la documentación de los candidatos a socios, la cual será: Identificación oficial vigente. (Credencial para votar o pasaporte). Cédula Única de Registro Poblacional (CURP) Acta de Nacimiento. (Certificada) Acta de Matrimonio (en su caso) Comprobante de domicilio. Registro Federal de Causantes presentando el Formato de la Situación Fiscal. Para el domicilio social de la cooperativa, se deberá contar con el comprobante domiciliario con una vigencia máxima de dos meses, mismo que tendrá que estar a nombre de alguno de sus socios. Asamblea Constitutiva. Para celebrar su Asamblea Constitutiva se debe convocar con, por lo menos, siete días de anticipación. En la celebración de la Asamblea Constitutiva deberán elaborar los formatos sugeridos, los cuales tienen que ser firmados por todos los socios. Revisión por parte de la Secretaría de Trabajo. Una vez elaborada su acta constitutiva, la Cooperativa enviará los archivos en formato word al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., Tel: 222 246 4457 Ext. (119) y (201) de 9 a.m a 6 p.m Protocolización Notarial. Colegio de Notarios del Estado de Puebla Para la protocolización la documentación requerida es la siguiente: Documentos constitutivos Convocatoria. Acta constitutiva. Bases constitutivas. Manifiesto de voluntad. (Por socia o socio) Modelo de certificado de aportación básico. (Por socia o socio) Documentación de los socios Identificación oficial vigente. (Credencial para votar o pasaporte). Cédula Única de Registro Poblacional (CURP) Acta de Nacimiento. (Certificada) Acta de Matrimonio (Certificada) en su caso. Comprobante de domicilio. Registro Federal de Contribuyentes (Constancia de Situación Fiscal) Se firmará el Acta correspondiente ante el Notario Público, quien les entregará una copia simple, mientras que su original será inscrito ante los registros correspondientes. Una vez firmada la escritura constitutiva, el Notario expedirá el primer testimonio y copia certificada, así como la información electrónica necesaria para que las y los interesados, den de alta a la Sociedad Cooperativa en el Registro Federal de Contribuyentes, registrándose ante el Sistema de Gestión Registral (SIGER) e inscribiéndose ante el Instituto Registral y Catastral del Estado de Puebla. Alta de la Sociedad Cooperativa en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC). El representante de la Sociedad deberá solicitar cita en la oficina del Servicio de Administración Tributaria (SAT) y acudir a la cita con la documentación que le sea solicitada, que normalmente es: Primer testimonio en original Comprobante de domicilio reciente, en original Identificación oficial en original Apertura de Cuenta Bancaria. Al contar con el RFC, como siguiente paso, deberán abrir una cuenta bancaria a nombre de la Sociedad Cooperativa. En este caso, se sugiere analizar los términos de los productos financieros que ofrece cada institución bancaria. La cuenta debe contar con cuenta de cheques y acceso al portal para pago de impuestos.
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